El siguiente artículo nos detalla, de la mano de Quimacova, las consecuencias que a partir del 1 de enero tiene el BREXIT en los intercambios comerciales con el Reino Unido (excepto Irlanda del Norte), así como los procedimientos a seguir para la comercialización de productos.
Debido a que el BREXIT se hizo efectivo el pasado 1 de enero de 2021, desde Quimacova, la Asociación Química y Medioambiental del Sector Químico de la Comunidad Valenciana, se considera de utilidad que se conozca cómo se debe proceder para continuar comercializando productos químicos en el Reino Unido.
A partir del 1 de enero de 2021 (00.00 horas) los intercambios comerciales con Reino Unido (excepto Irlanda del Norte) se consideran exportaciones e importaciones, lo cual tiene las siguientes implicaciones, con independencia de que se logre o no un acuerdo para la futura relación entre la UE y Reino Unido:
El acuerdo, que se aplica de forma provisional desde el mismo día 1 de enero, está a la espera de aprobación tanto por parte de la Eurocámara como por los parlamentos británicos. La aplicación del acuerdo comercial previa a su ratificación no tiene precedentes y pretende evitar el caos que se produciría cuando concluya el período transitorio.
En cuanto a la normativa de origen, el acuerdo establece aranceles y cuotas de 0% entre la UE y el Reino Unido, siempre que se cumplan las reglas de origen, que se pueden consultar en el draft del propio acuerdo (Art. origen 1-31 y las reglas específicas de producto en Annex Orig-2: PRODUCT SPECIFIC RULES OF ORIGIN (pág. 422).
Para los productos que cumplan con las reglas de origen y puedan acogerse a los beneficios arancelarios en sus intercambios entre la UE y UK, los importadores deberán acreditar ante las administraciones de aduanas, una de las siguientes dos opciones que indicamos a continuación:
Por último, Irlanda del Norte seguirá siendo considerado como territorio aduanero de la UE, de IVA y de IIEE. Los movimientos entre la UE e Irlanda del Norte se deberán hacer constar en la declaración estadística INTRASTAT.
En la mayoría de los casos, debe aplicar la marca UKCA al producto en sí o al empaque. En algunos casos, se puede colocar en los manuales o en otra literatura de apoyo. Esto variará según las regulaciones específicas que se apliquen al producto.
Para muchos tipos de productos, se aplican las siguientes medidas transitorias:
Hasta el 1 de enero de 2023. Para la mayoría de los productos (distintos de los sujetos a normas especiales), tiene la opción de colocar la marca UKCA en una etiqueta adherida al producto o en un documento adjunto. Los operadores económicos (ya sean fabricantes, importadores o distribuidores) deben tomar medidas razonables para garantizar que se mantenga el marcado UKCA. Los productos que requieren el marcado UKCA no pueden estar disponibles sin él (excepto cuando se utilice el marcado CE antes del 1 de enero de 2022).
A partir del 1 de enero de 2023. La marca UKCA debe, en la mayoría de los casos, colocarse directamente en el producto. Debería comenzar a incorporar esto en su proceso de diseño listo para esta fecha.
Los productos de construcción, los dispositivos médicos, la interoperabilidad del sistema ferroviario y los equipos a presión transportables están cubiertos por el marcado UKCA. Sin embargo, las medidas transitorias anteriores no son aplicables.
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