Quien más, quien menos, entre las personas relacionadas con la maquinaria industrial (fabricantes, usuarios, instaladores…) ha oído hablar del famoso “expediente técnico”que, según la directiva de máquinas, el fabricante está obligado a tener. La directiva no da muchas pautas sobre cómo debe hacerse, pero además para mayor misterio tampoco obliga al fabricante a darlo a su cliente; solo hay obligación de entregarlo a la autoridad competente y eso cuando ésta tenga causa justificada para requerirlo.
¿En qué consiste realmente el expediente técnico de una máquina? ¿Es ciencia ficción? ¿Es un mito? ¿Hay que ser un segundo Einstein para hacerlo correctamente? ¿O es más bien una simple “molestia burocrática” que no hay más remedio que sobrellevar?
La verdad es que el expediente técnico no es ni lo uno ni lo otro. El expediente técnico se compone de varias partes y, ciertamente, tiene un considerable contenido técnico, ya que el fabricante ha de dejar constancia de los cálculos que ha hecho, de las instrucciones de uso proporcionadas al cliente, de las protecciones incorporadas… Todo eso el fabricante lo tiene que hacer y habitualmente lo sabe hacer bien, sabe construir su máquina, pero la parte más importante, la verdadera clave de un expediente técnico bien construido es, podríamos decir, más filosófica. Consiste primordialmente en algo tan sencillo y, a la vez, tan complicado, como identificar correctamente las situaciones peligrosas y resolverlas de acuerdo con los criterios de la directiva.
Una situación peligrosa es un conjunto de cuatro ítems:
• Peligro propiamente dicho
• Zona de la máquina donde se da el peligro
• Fase de vida
• Causas que podrían dar lugar a un daño
Y para adentrarse en el laberinto de, correctamente, identificar las situaciones peligrosas y solucionarlas, la herramienta principal, como en tantas facetas de la vida, es el sentido común; sin embargo, es muy aconsejable dejar que al sentido común le ayude el amplio acervo de normas armonizadas disponibles, normas técnicas que no son de obligado cumplimiento pero que contienen lo mejor que se conoce a día de hoy, para garantizar la seguridad de la maquinaria. Por ello, su seguimiento recibe el premio de la “presunción de conformidad” y por ello nunca nadie discute una solución que se apoye en el criterio de una norma armonizada.
Hay que tener presente que lo que es de obligado cumplimiento son los requisitos esenciales de seguridad y salud, por ambiguos que sean. Así, uno de los requisitos esenciales más importantes nos dice que los sistemas de mando han de ser seguros y fiables. La mejor manera que tiene el fabricante de garantizar el cumplimiento de este requisito es apoyarse en las normas armonizadas pertinentes, aunque sean voluntarias; por ejemplo, la EN ISO 13849-1 que establece la probabilidad de fallo admisible de las funciones de seguridad a partir de la evaluación del riesgo.
Esa combinación de raciocinio lógico y uso correcto de normas armonizadas son la base del curso que Bequinor propone sobre este tema, Curso redacción del expediente técnico y marcado CE de máquinas nuevas, que tendrá lugar los próximos 2 y 3 de octubre, en Madrid.
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